CONDICIONES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA LOS ESTABLECIMIENTOS QUE SOLICITEN PARTICIPAR EN LA CAMPAÑA BONO CONSUMO
- La razón social, el domicilio fiscal del establecimiento OBLIGATORIAMENTE debe estar en TORREVIEJA.
- El establecimiento debe desarrollar una actividad encuadrada en los epígrafes que se desarrollan en el anexo IV.
- Los Comercios no pueden superar los 10 empleados.
- Establecimientos de hostelería sin limite de empleados.
- Establecimiento con local fijo y permanente de venta al público, de bienes o servicios, en el término del municipio Torrevieja.
- Establecimientos no podrán pertenecer a franquicias de nivel nacional ni internacional, no se admitirán franquiciados.
- Cumplimentar la inscripción correctamente y adjuntar la documentación solicitada.
- No haber incumplido ninguna de las condiciones de las campañas anteriores de Bono Consumo.
- Una vez admitida la participación del establecimiento, deberán verificar que los titulares de los bonos que sean canjeados en sus comercios pertenecen a esos usuarios por medio de DNI/NIE.
- Los establecimientos participantes están obligados a aceptar los bonos sin restricciones ni condiciones, excepto en los artículos marcados debidamente como no disponible en campaña bono consumo.
- Los establecimientos participantes deben validar los bonos en cualquiera de los formatos permitidos, ya sean impresos o en formato digital.
EL INCUMPLIMIENTO DE UNA DE ESTAS CONDICIONES IMPLICARA LA EXPULSION INMEDIATA DEL ESTABLECIMIENTO DE LA CAMPAÑA BONO CONSUMO.
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